viernes, 18 de marzo de 2011

Organización se opone a la instalación del Shopping

Tras una apelación se hizo lugar al recurso interpuesto por los abogados, Alberto José Luciani y Marco Rojas Castro, en representación de la Asociación Patagónica de Ornitología y de la Asociación Civil Neuen Patagonia.

El municipio de Comodoro y la empresa Urbanizadora GEA deberán presentar documentación en defensa de su posición.

El punto en debate era la caducidad o no del delito denunciado, en este sentido se coincidió que no posee fecha de término, ya que “las tareas están en marcha y se continúa con el daño ambiental, con la destrucción del humedal situado en la playa 99”. Afirman que esta acción comenzó con el primer camión que descargó relleno sobre la misma en el mes de diciembre de 2010.

Cabe recordar que en ese sector de la playa se asientan y alimentan las aves y el ecosistema, y actualmente se realizan tareas de relleno para la construcción de la Costanera Shopping. En este marco, los miembros de la Sala A de la Cámara de Apelaciones de la Circunscripción Judicial con asiento en Comodoro Rivadavia, dictaminó que “el plazo de caducidad no ha operado atento que el acto que resultaría lesivo se repite en el tiempo situación que causa el agravio señalado por las partes. En consecuencia, corresponde declarar temporánea la acción de amparo ambiental interpuesta por los actores y revocar la sentencia de grado declarando la admisibilidad formal de la acción interpuesta contra las demandadas debiendo continuar los autos según su estado”.

Omisiones

La denuncia presentada por María Gabriela Murga y Edmundo Ivany, en representación de la Asociación Patagónica de Ornitología y la Asociación Civil Neuen Patagonia, respectivamente solicita a la justicia ordene a la empresa demandada la suspensión y clausura de las obras del denominado Costanera Shopping hasta tanto se realice el procedimiento de evaluación de impacto ambiental conforme las normas legales vigentes y se ordene a la Municipalidad de Comodoro Rivadavia que en un plazo perentorio el cumplimiento de todo el procedimiento legal de evaluación de impacto ambiental de acuerdo a las ordenanzas y leyes vigentes en la materia.

En la denuncia señalan que el Municipio local ha omitido cumplir con su deber legal de contralor sobre la obra Costanera Shopping al no haber exigido a la empresa Urbanizadora GEA SA, la presentación del estudio de impacto ambiental previo, requisito ineludible de toda obra capaz de alterar el medio ambiente, ni de haber llevado a cabo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Fuente: OPI Chubut.